Belleza Concesionada

La cancelación de la mina “Los Cardones” por parte de López Obrador no supone un respiro para el Area Natural Protegida (ANP) de Sierra La Laguna, en Baja California Sur, pues aún existen dentro de su territorio 18 concesiones más que la ponen en riesgo. Sierra La Laguna es una de las 61 ANP que tienen un desarrollo minero dentro de su territorio de protección lo que pone en peligro la conservación de la biodiversidad en México y contradice los discursos oficiales de preservación.

De agosto a octubre de 2017 nos dimos a la tarea de investigar las concesiones mineras otorgadas dentro de las Áreas Naturales Protegidas, los resultados nos hacen afirmar que son tal el número de estos megaproyectos que las bellezas naturales de México son en realidad bellezas concesionadas a las mineras:

Lo majestuoso de los paisajes mexicanos es sólo el reflejo de la rica biodiversidad que habita en el territorio. A manera de oasis, las ANP resguardan a la fauna y flora de la depredación humana y el deterioro ambiental. México lleva una especial responsabilidad, su gran biodiversidad lo posiciona dentro de los 5 países megadiversos del mundo.

Como parte de la política de preservación ambiental, hasta febrero de 2017 el gobierno mexicano había decretado 182 áreas naturales protegidas, cuya superficie equivale a casi 21 millones de hectáreas (20,983,229,97 Ha) -es decir, que el 10.68% de la superficie nacional terrestre, sin contar las áreas marinas protegidas, esta destinado exclusivamente a salvaguardar la flora y fauna existente en el país.

Aparentemente la batalla por la conservación de los ecosistemas mexicanos va con saldo a favor; pero en el cruce de datos que realizamos entre la ubicación de las Áreas Naturales Protegidas y la ubicación del territorio concesionado para la minería, resulta que más de una tercera parte del total de las áreas naturales protegidas existentes están afectadas por este tipo de concesiones.

Protección a la biodiversidad, política ficción.

“Proteger la biodiversidad es lo correcto, pero sobre todo, una obligación moral”. Esta afirmación fue parte del discurso de EPN en la inauguración de la Conferencia de las Partes (COP13) de la Convención sobre la Diversidad Biológica de la ONU, uno de los eventos más relevantes sobre el tema de conservación biológica, de la que México fue sede.

Sin embargo, para el caso de actividades extractivas, la biodiversidad pasa a segundo plano. Desde la propia constitución hasta las leyes secundarias, la actividad minera dentro de las ANP es perfectamente legal.

El artículo 6° de la Ley Minera señala a la actividad minera como una actividad de utilidad pública preferente sobre cualquier otro tipo de actividad, esta preferencia no la tienen las ANP: “La agricultura, el turismo o incluso la propiedad ancestral de la tierra que tienen las comunidades indígenas está supeditada a la actividad extractiva; es decir, que la minería o la extracción de hidrocarburos están por encima de cualquier actividad o derecho de la tierra” explica el “Anuario 2016” de la organización no gubernamental Fundar.

En contraste, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección Ambiental (LGEEPA), es la normativa que regula el establecimiento, administración y manejo de las ANP bajo la lógica de la preservación y protección de la biodiversidad. Sin embargo, esta ley señala que el territorio que conforma las ANP se dividirá en subzonas, donde se permiten diversos tipos de actividades de acuerdo de un Programa de Manejo.

Lo que parecería un choque de legislaciones, es en realidad un artilugio legal. En entrevista concedida en octubre de 2017, Julieta Lamberti, Coordinadora del área de Investigación del Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER), nos explica que per se las concesiones mineras dentro de las ANP no son ilegales: “para saber si las concesiones mineras están violando la legislación hay que revisar los planes de manejo, porque a simple vista sí parece contradictorio -no debería haber actividad minera en las ANP- pero existen estos lugares en donde sí podrían y no sería problema según la legislación mexicana”.

Dejar la regulación de las ANP en manos del Programa de Manejo es agravar la ficción aún más, en abril de 2016 la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) registró que de las 182 ANP existentes sólo 102 tenían su plan de Manejo Publicado: 27 áreas no tenían Plan de Manejo porque estaban por abrogarse, 24 presentaban problemas con la poligonal (es decir la extensión de terreno a proteger) y 2 aún se encontraban en proceso de consulta pública. Por ello la CNDH resolvió en noviembre de ese año que la falta de estos planes de manejo constituye una violación al derecho humano al medio ambiente sano por parte de la SEMARNAT y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP). El Plan de Manejo “incluye una descripción detallada del sitio y sus características, y especifica las políticas y estrategias de conservación y usos, a través del establecimiento de actividades permitidas, acciones y lineamientos básicos para el manejo y la administración de las áreas”, define la CNDH.

En la COP13 el ejecutivo federal presentó 4 nuevas ANP; mediante un comunicado en noviembre de 2016, el gobierno mexicano presumió ser el país líder en porcentaje de territorio bajo el esquema de protección, triunfal cita al director de la ONU Medio Ambiente, Erik Solheim: "El establecimiento de nuevas áreas protegidas es una muy buena noticia y debe dar a los que luchan incansablemente para conservar los océanos y mares del mundo un enorme sentido de logro”.

EPN omitió aclarar que 27 áreas están por desaparecer. También omitió señalar que está permitida la minería.

Obtener una concesión, cosa de mero trámite.

Los requisitos para obtener una concesión minera son muy laxos y el papel que desempeña la Secretaría de Economía (SE), entidad encargada de regular la actividad del sector, se limita a lo meramente administrativo, por no decir burocrático. Únicamente revisa si la solicitante (persona física o empresa) cumple con los requisitos, como nos describe Lamberti, quien también es Doctora en Sociología con especialización en minería por el Colegio de México (COLMEX) :

“La SE sólo verifica que la porción de terreno que están pidiendo en concesión no esté concesionada a un tercero, si esto se cumple la SE le da la concesión a una empresa o a un particular. La SE no verifica si esta empresa está en el Registro Público de Comercio, no verifica si debe impuestos, no verifica si tiene la capacidad para llevar adelante un proyecto minero, no verifica siquiera si se trata de una empresa que se dedica a la minería; si [la empresa] cumple requisitos administrativos y paga los impuesto por derechos que está pidiendo, presenta los papeles y la SE le otorga la concesión minera.”

Esta regulación tan distendida ocurre a pesar de que la concesión minera significa que la empresa puede realizar trabajos de exploración o de explotación, disponer del terreno, e incluso transmitir la concesión a otra empresa con sus correspondientes derechos, incluido el de obtener concesiones sobre el agua de las minas por 50 años; la normatividad permite entregar el título de concesión sin que se requiera de evaluaciones de impacto ambiental antes de entregar el territorio en concesión.

Además de derechos sobre el terreno concesionado, el título de concesión ampara derechos preferentes para obtener la expropiación, ocupación temporal o constitución de servidumbre de terrenos necesarios para llevar a cabo las obras y trabajos de exploración, explotación y beneficio, así como para el depósito de terreros, jales, escorias y graseros, al igual que constituir servidumbres subterráneas de paso a través de lotes mineros.

A cambio de ello, por concepto de “pago de derechos” las mineras pagarán entre 6 y 148 pesos (entre 0.33 a 7 dólares) por hectárea, dependiendo de la antigüedad de la concesión de conformidad con el artículo 263 de la Ley Federal de Derechos de 2017:

Pero ni siquiera estas cuotas las mineras tienen intención de cubrir. La Auditoría Superior de la Federación (ASF), en el “Informe del resultado de la fiscalización superior de la cuenta pública 2015” señala a estos emporios de “presuntas evasoras fiscales”. En el período que va del 2006 al 2015, el estado mexicano sólo recuperó el 1.13% del total de los minerales explotados (22,397 millones de pesos), es decir, 1 billón 691 millones 945 mil 700 pesos no ingresaron a la hacienda pública, de acuerdo al cálculo que realizó la revista Contralínea.

Pasivos ambientales, violaciones a derechos humanos y de las comunidades: el costo de la minería en México.

El proceso de otorgamiento de concesiones violenta no sólo al marco jurídico internacional sobre el medio ambiente sino también el relacionado a los derechos humanos de la población: "Hay un problema grave porque la ley minera no obliga a la SE a consultar a los pueblos antes de entregar una concesión minera, después de la reforma constitucional en materia de derechos humanos esta ley es inconstitucional, pero ni la SE ni los legisladores han querido resolver la cuestión, entonces la ley minera hoy por hoy es inconstitucional porque viola derechos fundamentales de los pueblos como es el derecho a la libre determinación y a decidir cómo quieren vivir en sus territorios", nos explica la Doctora Lamberti.

Aunque la misma investigadora acota que el hecho de tener una concesión no implica que la empresa pueda empezar a explorar o explotar ese terreno, pues necesita alrededor de 20 permisos, incluido el cambio de uso de suelo, potestad que pertenece al municipio. Pero el municipio autorizará el cambio de uso de suelo si el Programa de Manejo de la respectiva área autoriza modificaciones.

Y no es nada excepcional que una mina obtenga los permisos para operar. Este fue el caso de Wirikuta, continua Lamberti, en el Programa de Manejo de esa Reserva de la Biosfera y sitio sagrado de la cultura wirrárika, no admite actividades en el núcleo de la reserva pero si acepta una área de zonificación donde actividades como la minería son perfectamente legales.

Otro caso es el de la Reserva de la Biósfera de la Mariposa Monarca. En la 41a sesión del Comité del Patrimonio Mundial celebrada en julio pasado en la ciudad de Cracovia, el gobierno mexicano recibió un fuerte llamado de atención por los planes de reabrir una mina de cobre cerca de esta Área Natural Protegida:

[El Comité] “Observa con extrema preocupación que se siguen discutiendo los planes de reapertura de una mina de cobre en las inmediaciones de la propiedad, a pesar de que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) concluyó que el proyecto sería incompatible con los objetivos de conservación de la Reserva de la Biosfera de las Mariposas Monarca, y también pide al Estado Parte que asegure rigurosamente que no se permitirá cualquier explotación minera cercana a la propiedad”.

El Comité de la UNESCO no se limita a externar su preocupación sino también solicita que se invite a una misión para que evalué in situ las afectaciones del proyecto minero y la tala ilegal que asolan a esta Área Natural Protegida.

El proyecto minero al que se refiere el Comité pertenece a Industrial Minera México, empresa propiedad de Grupo México, de acuerdo a nuestra investigación son dos concesiones las que están instaladas en Angangueo, Michoacán. Ellas tienen 1,562 hectáreas dentro de esta zona de protección de la mariposa monarca, las concesiones son a 50 años y con posibilidad de renovarse. Según la información publicada por la empresa, la unidad Agangueo es una mina subterránea que extrae plata, plomo, cobre y zinc.

En este nuevo proyecto minero, Grupo México pretende extraer principalmente cobre pero también otros metales como zinc, plata y oro mediante galerías (túneles) subterráneas, escribió el ambientalista Alejandro Olivera en su columna en el Huffpost. En el mismo texto agrega que la SEMARNAT ya autorizó la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) aunque está pendiente la autorización de cambio de uso de suelo.

“El ratón cuida el queso”

Y esperar que las mineras cuiden del medio ambiente es esperar que el ratón cuide el queso. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) ha documentado que el 59.34% de estas empresas no cumple con la normatividad ambiental. Además, es un sector ampliamente denunciado por incumplimiento de derechos laborales y derechos humanos y en general sus actividades generan conflictos sociales en las comunidades donde tienen operaciones.

Por ejemplo, el derrame de lixiviados de cobre en el río Sonora, señalado como el peor desastre ambiental en la historia reciente de México fue causado por una minera, Grupo México a la que le salía más barato incumplir con la ley ambiental que cumplirla, conclusión a la que llegó la PROFEPA y consta en el expediente PFPA/3.2/2C.27.1/00018-14 como documentó PODER:

[Grupo México]“obtuvo beneficios económicos en virtud de que al no haber invertido recursos económicos tuvo un ahorro neto ya que no realizó las gestiones necesarias para realizar las acciones y presentar los documentos correspondientes, no internalizó los costos ambientales al no haber cumplido con las obligaciones referidas”

La sanción que mereció este emporio extractivo fue una multa de menos de 24 millones de pesos, el 0.001% de las ganancias que obtuvo en 2014 y destinó 136.4 millones de dólares para remediar la zona (el 11% de su utilidad neta en 2016, según el análisis de la revista Expansión), aunque habitantes de la cuenca del río Sonora mantienen litigios en los juzgados para demostrar que esta remediación ha sido una mera simulación y las afectaciones a su salud y en el medio ambiente continúan.

En su Informe de Actividades de 2016, la PROFEPA señaló que en las visitas de inspección a estas empresas encontró que “las principales irregularidades detectadas en este sector fueron el incumplimiento de términos y condicionantes de la autorización de impacto ambiental y el cambio de uso de suelo en terrenos forestales.”

Julieta Lamberti es enfática en señalar que no se está pidiendo que se frene el desarrollo minero “pero no en las zonas que no debe hacerse ni debería hacerse”, y nos remite al desastre medioambiental más grande que ha sufrido el país:

“Disentimos con el gobierno y las empresas que traen el discurso de la minería responsable. No es posible hacer minería sin comprometer el medio ambiente y hemos sido testigos de desastres ambientales grandes por parte de empresas mineras, por ejemplo el caso del derrame de lixiviados en el río Sonora y río Bacanuchi.”